Automotores

Combinación de Coberturas

Coberturas Adicionales

Ajuste Automático de la Suma Asegurada

Las sumas indicadas en la póliza se incrementarán automáticamente hasta el porcentaje determinado en la medida que ello resulte necesario para alcanzar al momento del siniestro el valor a riesgo existente.

Granizo

Se cubren daños parciales como consecuencia de granizo, sin franquicia, hasta un importe equivalente al 40% de la suma asegurada del vehículo.

Asistencia Mecánica

Ofrece una solución inmediata a los problemas mecánicos que impiden seguir la marcha con el vehículo, durante las 24 horas, todos los días del año, en toda la Argentina y países limítrofes.

Familia Protegida

Cobertura de Accidentes Personales (muerte o invalidez total y permanente) para el conductor y/o asegurado y sus familiares directos, en accidente de tránsito en el vehículo asegurado.

Mega

Para Automóviles y Camionetas de uso particular con coberturas “C, C1, D1 y D2” y que correspondan a modelos del año en curso y hasta 9 años de antigüedad.

1. Países Limítrofes y Mercosur:  Extensión de cobertura a países limítrofes y del MERCOSUR:

  • a)Responsabilidad civil por lesiones y/o muerte de terceros no transportados hasta la suma de U$S 40.000.- por persona y U$S 200.000.- por evento
  • b)Responsabilidad civil por daños a cosas no transportadas de terceros hasta la suma de U$S 20.000.- por persona y U$S 40.000.- por evento.
  • c)Responsabilidad civil por lesiones y/o muerte de terceros transportados hasta la suma de U$S 40.000.- por persona y U$S 120.000.- por evento.

2. Eliminación de Franquicias: Eliminación de franquicias por robo y/o hurto parcial.

3. Cubiertas: Eliminación de la depreciación por uso (desgaste) en reposición de cubiertas por hechos de robo o hurto parcial. Cubre un solo acontecimiento durante la vigencia de la póliza.

4. Cristales laterales: Reconocimiento por gastos de reposición de cristales laterales, dañados por toda causa, hasta un monto equivalente al diez por ciento (10%) de la suma asegurada del propio vehículo, durante la vigencia de la póliza.

5. Cerraduras: Reconocimiento por gastos de reposición de cerraduras, dañados en hechos de robo o tentativa de robo, hasta un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma asegurada del propio vehículo, durante la vigencia de la póliza.

6. Parabrisas y/o lunetas: Reconocimiento de gastos originados por roturas de parabrisas y/o lunetas, hasta un monto equivalente al quince por ciento (15%) de la suma asegurada del propio vehículo, durante la vigencia de la póliza. Recordamos que se requiere inspección previa a la toma del riesgo. Cuando se omita el informe de la unidad (punto anterior), no se reconocerá la cobertura de rotura de parabrisas y/o lunetas.

7. Daños parciales en ocasión de robo o hurto total: Indemnización de los daños producidos al vehículo asegurado, en ocasión de robo o hurto total y verificados ante la posterior aparición del mismo, hasta un monto máximo equivalente al siete por ciento (7%) de la suma asegurada del propio vehículo, sin franquicia.

8. Gastos de Gestoría: En casos de robo o hurto total o destrucción total de la unidad, reconocimiento de gastos de gestoría, hasta un monto máximo equivalente al 0,5% de la suma asegurada del propio vehículo.

9. Proceso Penal: En caso de promoverse Juicio Penal en contra del conductor del vehículo asegurado, la Cía. asume la defensa penal, según la CG-RC 5.1 de las Condiciones Generales.

10. Reposición 0 km: En caso de robo o hurto total, si la unidad se aseguró desde 0 km. y el siniestro ocurre dentro del primer año de vigencia del seguro, se indemnizará el valor del 0 km, siempre que no exceda de la suma asegurada en póliza..

11. Servicio Mecánico (sólo para vehículos con Anexo Asistencia): Inclusión en la totalidad de servicios que brinda “EL NORTE ASISTENCIA”. Servicio de Urgencia Mecánica las 24 horas: se brinda en todo el territorio nacional y países limítrofes, un servicio mensual con un máximo de seis servicios anuales. Incluye remolque de la unidad hasta el taller más cercano con infraestructura necesaria y hasta una distancia de 300 km lineales para coberturas D, D1 y D2; y de 200 Km lineales para las restantes, sin costo para el beneficiario.

12. Daño parcial a consecuencia de robo parcial: Se indemnizará el daño producido al vehículo asegurado como consecuencia de robo parcial, hasta un monto equivalente al dos por ciento (2%) de la suma asegurada, sin aplicación de franquicia.

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Todas las coberturas están sujetas a los términos, condiciones, límites y exclusiones que se establecen en la póliza emitida por la Compañía de Seguros El Norte S.A.

Maxi

Para Automóviles y Camionetas de uso particular con coberturas “C y C1” y que correspondan a modelos comprendidos entre 10 y 14 años de antigüedad-.

1. Países Limítrofes y Mercosur: Extensión de cobertura a países limítrofes y del MERCOSUR:

  • a)Responsabilidad civil por lesiones y/o muerte de terceros no transportados hasta la suma de U$S 40.000.- por persona y U$S 200.000.- por evento.
  • b)Responsabilidad civil por daños a cosas no transportadas de terceros hasta la suma de U$S 20.000.- por persona y U$S 40.000.- por evento.
  • c)Responsabilidad civil por lesiones y/o muerte de terceros transportados hasta la suma de U$S 40.000.- por persona y U$S 120.000.- por evento.

2. Eliminación de Franquicias: Eliminación de franquicias por robo y/o hurto parcial.

3. Cubiertas: Eliminación de la depreciación por uso (desgaste) en reposición de cubiertas por hechos de robo o hurto parcial. Cubre un solo acontecimiento durante la vigencia de la póliza.

4. Cristales laterales: Reconocimiento por gastos de reposición de cristales laterales, dañados en hechos de robo o tentativa de robo, hasta un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma asegurada del propio vehículo, durante la vigencia de la póliza.

5. Cerraduras: Reconocimiento por gastos de reposición de cerraduras, dañados en hechos de robo o tentativa de robo, hasta un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma asegurada del propio vehículo, durante la vigencia de la póliza.

6. Parabrisas y/o lunetas: Reconocimiento de gastos originados por roturas de parabrisas y/o lunetas, hasta un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma asegurada del propio vehículo, durante la vigencia de la póliza. Recordamos que se requiere inspección previa a la toma del riesgo. Cuando se omita el informe de la unidad (punto anterior), no se reconocerá la cobertura de rotura de parabrisas y/o lunetas.

7. Gastos de Gestoría: En casos de robo o hurto total o destrucción total de la unidad, reconocimiento de gastos de gestoría, hasta un monto máximo equivalente al 0,5% de la suma asegurada del propio vehículo.

8. Proceso Penal: En caso de promoverse Juicio Penal en contra del conductor del vehículo asegurado, la Cía. asume la defensa penal, según la CG-RC 5.1 de las Condiciones Generales.

9. Servicio Mecánico (sólo para vehículos con Anexo Asistencia): Inclusión en la totalidad de servicios que brinda “EL NORTE ASISTENCIA”. Servicio de Urgencia Mecánica las 24 horas: se brinda en todo el territorio nacional y países limítrofes, un servicio mensual con un máximo de seis servicios anuales. Incluye remolque de la unidad hasta el taller más cercano con infraestructura necesaria y hasta una distancia de 200 km lineales sin costo para el beneficiario.

10. Daño parcial a consecuencia de robo parcial: Se indemnizará el daño producido al vehículo asegurado como consecuencia de robo parcial, hasta un monto equivalente al dos por ciento (2%) de la suma asegurada, sin aplicación de franquicia.

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Todas las coberturas están sujetas a los términos, condiciones, límites y exclusiones que se establecen en la póliza emitida por la Compañía de Seguros El Norte S.A.

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