Granizo

Coberturas Básicas

Granizo

Se indemniza hasta la suma máxima indicada en el frente de póliza, el daño causado exclusivamente por granizo al cultivo asegurado – en tanto las plantas se hallen arraigadas al suelo – aun cuando concurra con otros fenómenos meteorológicos.

Incendio

La presente cobertura ampara los daños derivados de incendios, originados en la sementera o en sus adyacencias y que afecten la misma.

Incendio de rastrojos

De aplicación sólo en los siguientes cultivos: trigo, cebada, soja, maíz, girasol y sorgo. La presente cobertura ampara los daños derivados de incendios, originados en la sementera o en sus adyacencias que afecten el rastrojo acumulado en superficie siempre que la cobertura básica o principal se encuentre vigente.

Cobertura de reintegro de gastos de siembra (Cosecha Fina)

De aplicación sólo en los siguientes cultivos: trigo y cebada. La presente cobertura indemnizará al asegurado ante la ocurrencia de un evento cubierto, desde que el cultivo alcance el grado de desarrollo especificado en el frente de póliza y hasta alcanzar el grado de desarrollo indicado para el inicio de cobertura plena de granizo.

Cobertura de resiembra (Cosecha Gruesa)

De aplicación sólo en los siguientes cultivos: soja, maíz, girasol y sorgo. Se indemnizará al asegurado ante la ocurrencia de un evento cubierto, desde que el cultivo haya emergido y hasta alcanzar el grado de desarrollo indicado para el inicio de cobertura plena de granizo.

Coberturas Adicionales

Únicamente se cubren daños en cantidad sobre el cultivo asegurado, excluyéndose cualquier daño que afecte la calidad del producto. Las siguientes coberturas adicionales solo podrán otorgarse junto con la cobertura tradicional de Granizo.

  • Cobertura Adicional de Resiembra por Planchado (Cosecha Gruesa).
  • Cobertura Adicional de Heladas Tardías (Cosecha Fina).
  • Cobertura Adicional de Heladas (Cosecha Gruesa).
  • Cobertura Adicional de Vientos.

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